seguridad y se puede adaptar para distintos propósitos, por lo que constituye una solución ideal para almacenar y publicar las colecciones digitalizadas. En caso de que los costes de mantenimiento de la colección sean demasiado elevados, se puede considerar delegar su custodia en otra institución que se encargue de incorporarlos a su archivo y ponerlos a disposición del público. Existen varias instituciones internacionales que custodian archivos relacionados con derechos humanos, aunque todas tienen ciertos requisitos a la hora de incorporar colecciones que hay que revisar de antemano. Estas son algunas de las instituciones a las que nos podríamos remitir: - The Open Society Archives (https://www.osaarchivum.org/) - Duke University Human Rights Archive (https://library.duke.edu/rubenstein/humanrights) - Human Rights Web Archive at Columbia University (https://www.archiveit.org/collections/1068) - University of Texas Libraries’ Human Rights Documentation Initiative (https://legacy.lib.utexas.edu/hrdi) Con independencia del destino de la colección, conviene plantearse cómo vamos a estructurar la información y, de forma más específica, como vamos a nombrar los archivos generados, ya que es un error frecuente que al finalizar la tarea de escaneo no sepamos a qué corresponde cada fichero generado. Algunos consejos básicos para la nomenclatura de archivos serían: - Incluir el tipo de archivo o qué contienen: declaración testigo, recorte períodico, sentencia, etc. - Incluir la fecha, preferentemente en formato año-mes-día para que los archivos se ordenen cronológicamente. Por ejemplo 20191117. - Incluir el lugar geográfico al que se refieren: país, departamento, municipio, etc. - Usar números secuenciales o fechas para documentos del mismo tipo: sentencia_001, sentencia_002 o sentencia_20190212, sentencia_20190421. 6

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